Separarse, parte 4: Tipos de procedimiento judicial.

Escrito por María Dolores de Cárdenas el día 7 de septiembre del 2017.

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divorce5Una de las preguntas más frecuentes que los clientes nos hacen a los abogados es cómo se tramitará el proceso. Existen varias posibilidades y conviene conocerlas bien para tener claro qué se quiere encargar al abogado.

Dependiendo de si existe o no matrimonio, el procedimiento a seguir será diferente.

Si hay matrimonio:

El procedimiento podrá ser ante el juzgado o ante notario.

Hay tres tipos de procedimientos judiciales:

Separación judicial: que supone plasmar de manera oficial el cese de la convivencia y la disolución del régimen económico matrimonial. Con esta opción los miembros de la pareja no podrían contraer nuevo matrimonio, porque en puridad su vínculo se mantiene. Se puede revocar con una simple declaración de voluntad de ambas partes al juzgado. Es una opción residual hoy en día.

Divorcio: supone declarar disuelto el matrimonio y su régimen económico. Es la opción más común, y permite a los ex cónyuges volver a casarse.

Nulidad: con esta opción el juez declara nulo el matrimonio, como si nunca se hubiera celebrado. Las causas son escasas y poco habituales, por lo que no se suele solicitar con frecuencia.

Para tramitar cualquiera de los tres procedimientos es obligatorio presentar una demanda judicial con abogado y procurador. Y también en todos los casos la solicitud podrá ser bien de común acuerdo entre los cónyuges, o bien en forma contenciosa.

El procedimiento ante notario se podrá tramitar solo en el caso de que concurran dos requisitos:

– Que no existan hijos menores o incapacitados.

– Que se haga de mutuo acuerdo.

Ante notario solo cabe tramitar la separación o el divorcio (no la nulidad) y los cónyuges deberán estar asistidos de abogado.

Si no hay matrimonio:

En el caso de que no exista matrimonio pero haya hijos comunes menores o incapacitados, el procedimiento a seguir será necesariamente judicial: el de guarda, custodia y alimentos. Este proceso también puede ser de mutuo acuerdo o contencioso, y su tramitación es idéntica a la de un divorcio común.

En todos los casos que hemos expuesto (salvo en los procesos ante notario), existe la posibilidad de pedir al juez que adopte unas medidas provisionales, antes de que haya sentencia, precisamente para cubrir ese lapso de tiempo que puede pasar entre la presentación de la demanda y la obtención de una sentencia (que en el caso de un proceso contencioso puede prologarse largos meses, dependiendo del juzgado y de las circunstancias). Esto es útil si, por ejemplo, uno de los miembros de la pareja pretende mudarse de ciudad y resulta necesario establecer el uso de la vivienda, el pago de los gastos comunes y la custodia de los hijos antes de obtener una sentencia definitiva.

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