Separarse, parte 5: Cómo acaba todo

Escrito por María Dolores de Cárdenas el día 8 de septiembre del 2017.

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Ruptura

El objetivo que pretende el abogado cuando se le encarga un procedimiento sobre ruptura de la pareja es que el cliente o los clientes alcancen la mejor solución posible para su situación familiar futura. Ya hemos visto que, para ello, en la mayoría de ocasiones vamos a intentar primero la vía amistosa, porque de ese modo ambos miembros de la pareja participan en la decisión, atenuándose mucho la posibilidad de incumplimientos futuros de los pactos. Si el procedimiento es contencioso, será un juez quien determine qué medidas son las más adecuadas, atendiendo a todas las pruebas que se le presenten y sean admitidas; en estos casos existe siempre un cierto riesgo de no obtener la solución pretendida, lo que se deberá tener en cuenta desde el principio (el abogado jamás podrá garantizar un resultado concreto).

 

Sea como fuere, en el momento que existe una sentencia firme o bien un acta notarial de divorcio, las medidas que se establezcan deben ser inmediatamente cumplidas por ambas partes. Pero a veces esto no ocurre, y si una de las partes deja de cumplir sus obligaciones (como por ejemplo, el pago de las pensiones o compensaciones económicas, el ejercicio del derecho de visitas a los hijos, el uso adecuado de la vivienda…) la otra parte podrá pedir la ejecución judicial de dichas medidas, de modo que el juez obligue al incumplidor a llevar a cabo lo establecido en la sentencia o el convenio. Es importante tener en cuenta que, si se ha tramitado la ruptura de mutuo acuerdo con un solo abogado, este luego no podrá asesorar a una sola de las partes para pedir la ejecución frente a la otra, puesto que ambos habrán sido sus clientes previamente y tendría un claro conflicto de intereses.

 

También es importante saber que las medidas que se establezcan, bien por un juez o por las propias partes en un convenio amistoso, pueden ser modificadas. Hay dos formas de modificar estas medidas: 1, de mutuo acuerdo, mediante un nuevo convenio ratificado por ambas partes, y 2, por la vía contenciosa, siguiendo un proceso judicial en el que el juez determinará si procede o no modificar las medidas, siempre que hayan cambiado significativamente las circunstancias anteriores. Para solicitar esta modificación también será necesario, igual que en la ruptura inicial, el asesoramiento profesional de un abogado.

 

Por último quiero destacar dos aspectos que, como abogada, considero fundamental que mis clientes sepan en el momento que se deciden a tramitar su procedimiento de ruptura:

 

1º Que si tienen hijos menores, todas las medidas que acuerden o pretendan deberán tener en cuenta que los principales intereses a defender son los de dichos menores. Tanto si hablamos de con quién van a vivir, qué tipo de educación recibirán, cuánto necesitan para su sustento, etc., se deberá pensar que son ellos los principales afectados y todo lo que se acuerde o pida tendrá que ser en su beneficio.

 

2º Que en estos casos, el juego sucio siempre sale mal. Si el cliente busca enfrentarse a su ex, peleando medidas solo por hacer daño, el resultado se va a volver en su contra, tarde o temprano. Siempre. Y encontrará pocos abogados que quieran pleitear con esas reglas.

 

Una ruptura sentimental, como toda crisis, supone el comienzo de una nueva etapa. Una buena planificación y un asesoramiento adecuado son clave para conseguir que sea lo mejor posible.

 

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